Tipos de Empresa

Formas Societarias para Constituir su empresa.

S.A.C

Sociedad Anónima Cerrada

Integrado como mínimo por dos personas hasta un máximo de 20 socios

Los Socios tienen responsabilidad limitada al capital aportado, protegiendo con esta figura su patrimonio personal.

El Capital Social esta compuesto por acciones que son los aportes que efectúen los socios, estos pueden ser en bienes o en efectivo.  No existe monto minimo para el aporte de Capital.

Toda SAC debera tener una Junta general de accionistas, conformado por todos los socios de la empresa.

En el caso de aportes en bienes deberán ser valorizados a precio de mercado.

Deberan nombrar como minimo un Gerente General, nombrado por la Junta de Accionistas o el Directorio, puede ser un socio o no de la empresa.

Pueden tener un Directorio (opcional), el cual es nombrado por la Junta General de Accionistas, conformado, como mínimo por 03 miembros, pueden ser socios o no de la empresa.

Pueden acogerse ante la SUNAT al Régimen General, Régimen Especial o al Régimen MYPE para efectos tributarios. 

E.I.R.L.

Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Integrado por un solo solo accionista que se le llama Titular

El Titular tiene responsabilidad limitada al capital aportado, protegiendo con esta figura su patrimonio personal.

El Capital Social esta compuesto por acciones que son los aportes que efectúe el socio, estos pueden ser en bienes o en efectivo

No existe monto minimo de aporte y debe estar totalmente suscrito y pagado al momento de constituirse la empresa.

En el caso de aportes en bienes deberán ser valorizados a precio de mercado.

Toda EIRL  tiene dos organos: El Titular, quien es el dueño de la empresa y el Gerente. El propietario puede ser tambien el Gerente el cual se le denominara Titular Gerente.

Pueden acogerse ante la SUNAT al Régimen General, Régimen Especial o al Régimen MYPE para efectos tributarios. 

S.R.L.

Sociedad de Responsabilidad Limitada

Integrado como mínimo por dos personas hasta un máximo de 20 socios

Los Socios tienen responsabilidad limitada al capital aportado, protegiendo con esta figura su patrimonio personal.

El Capital Social esta compuesta por participaciones que son los aportes  de  caracter publico que efectúen los socios, en bienes o en efectivo.  No existe monto minimo para el aporte de Capital.

Toda SRL  solo podra tener una Junta general de accionistas, conformado por todos los socios de la empresa y una Gerencia.

En el caso de aportes en bienes deberán ser valorizados a precio de mercado.

Deberan nombrar como minimo un Gerente General, nombrado por la Junta de Accionistas puede ser un socio o no de la empresa.

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Pueden acogerse ante la SUNAT al Régimen General, Régimen Especial o al Régimen MYPE para efectos tributarios. 

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